México: Diputados Aprueban Regulación De La Marihuana

Con 316 votos a favor, 129 en contra y 23 abstenciones, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general la Ley Federal para la Regulación del Cannabis con el fin de legalizar el uso recreativo de la marihuana.

Con esto la marihuana para uso recreativo está a un solo paso de la regulación en México. La Cámara de Diputados ha aprobado este miércoles en lo general la ley que regula el cannabis, no obstante hicieron diversas modificaciones al dictamen que había sido avalado en noviembre pasado por el Senado, por lo que tendrá que pasar otra vez por los senadores antes de entrar en vigor.

La ley reconoce el derecho de las y los mayores de edad para poder consumir cannabis psicoactivo con fines recreativos, siempre y cuando el consumo se realice sin afectar a terceros, especialmente a menores de edad. Se permitirá la posesión de hasta 28 gramos para consumo personal, además de autorizar el cultivo de hasta seis plantas para autoconsumo o hasta ocho en caso de que en el domicilio viva más de un consumidor. Cabe mencionar, que todos aquellos que quieran cultivar en su domicilio necesitarán una licencia, la cual se tendrá que renovar anualmente, de lo contrario aplicará una sanción de hasta 27 mil pesos y se cancelará el permiso.

Se elimina la prohibición, contenida en la minuta, de vender más de 28 gramos al día por persona, y se podrá fumar en cualquier sitio, siempre y cuando no sean 100% libres de humo, como son áreas de trabajo o instalaciones escolares públicas o privadas, cualquiera que sea el nivel educativo, etc.

El Consejo Nacional contra las Adicciones (Conadic) sera el principal órgano regulador de la marihuana, y se encargará de autorizar y revocar las licencias de producción, distribución, comercialización y venta final, e incluso tendrá la facultad de limitar o prohibir la compra, posesión y consumo de cannabis psicoactivo a personas mayores de 18 años y menores de 25.

Se prohibe la venta de cannabis o sus derivados mediante máquinas de autoservicio, correo, teléfono, internet o cualquier otro medio de venta no personalizado.

Se establecen penas de hasta quince años de prisión a quien sin autorización, trafique comercie y suministre cannabis, aun de manera gratuita cuando la cantidad sea superior a 5.6 kilogramos.

También estará prohibida toda forma de publicidad, promoción o patrocinio del cannabis psicoactivo así como proveerla de manera gratuita a cualquier persona, salvo lo establecido para la producción de autoconsumo.

El siguiente paso que el Senado ratifique el proyecto para así pasarlo al Poder Ejecutivo, donde el presidente firmará el decreto para finalmente ser publicado en el DOF y así de esta manera pueda entrar en vigor.