México: Diputados Aprueban En Lo General Dictamen Que Regula Uso Recreativo Del Cannabis

Con 34 votos a favor; 11 en contra y 12 abstenciones, las comisiones de Justicia y de Salud de la Cámara de Diputados aprobaron en lo general el proyecto que crea la nueva Ley Federal para la Regulación del Cannabis.

El dictamen reconoce el derecho de las personas mayores de 18 años a consumir cannabis psicoactivo con fines recreativos, siempre y cuando el consumo se realice sin afectar a terceros, especialmente a menores de edad. Se permitirá la posesión de hasta 28 gramos para consumo personal, además de autorizar el cultivo de hasta seis plantas para autoconsumo o hasta ocho en caso de que en el domicilio viva más de un consumidor. Cabe mencionar, que todos aquellos que quieran cultivar en su domicilio necesitarán una licencia, la cual se tendrá que renovar anualmente, de lo contrario aplicará una sanción de hasta 27 mil pesos y se cancelará el permiso.

Se elimina la prohibición, contenida en la minuta, de vender más de 28 gramos al día por persona, y se podrá fumar en cualquier sitio, siempre y cuando no sean 100% libres de humo, como son áreas de trabajo o instalaciones escolares públicas o privadas, cualquiera que sea el nivel educativo, etc.

El proyecto de ley realiza cambios a la Ley Federal para la Regulación de la Marihuana, así como diversas reformas a la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.

Otro de los cambios realizados al dictamen que había sido enviado por los senadores desde el pasado mes de noviembre, se cancela la creación del Instituto Mexicano de la Cannabis y se establece al Consejo Nacional contra las Adicciones (Conadic) como principal órgano regulador de la marihuana.

Conadic será el encargado de autorizar y revocar las licencias de producción, distribución, comercialización y venta final, e incluso tendrá la facultad de limitar o prohibir la compra, posesión y consumo de cannabis psicoactivo a personas mayores de 18 años y menores de 25.

Quedará prohibida la venta de cannabis o sus derivados mediante máquinas de autoservicio, correo, teléfono, internet o cualquier otro medio de venta no personalizado.

Se establecen penas de hasta quince años de prisión a quien sin autorización, trafique comercie y suministre cannabis, aun de manera gratuita cuando la cantidad sea superior a 5.6 kilogramos.

También estará prohibida toda forma de publicidad, promoción o patrocinio del cannabis psicoactivo así como proveerla de manera gratuita a cualquier persona, salvo lo establecido para la producción de autoconsumo.

Los siguiente es que el proyecto se apruebe en el pleno de la Cámara de Diputados, lo cual está planeado que sea el día de mañana 9 de marzo.